Informa LEX NOVA que Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Reforma del Registro Civil, que implicará un importante cambio del actual modelo, vigente desde 1.957.
Entre los cambios, cabe destacar la sustitución de los actuales libros físicos por una base de datos electrónica común que permitirá al ciudadano realizar sus trámites en cualquiera de las oficinas del país, sin que sea, parece ser, necesario el trámite in situ en la oficina provincial.
Se prevee por tanto un cambio en la propia naturaleza del Registro, en tanto en cuanto cada ciudadano será una ficha en donde se irán anotando cada modificación de su Estado Civil, partiendo como hasta ahora de la inscripción por nacimiento, pero que llevará aparejado el llamado “Código Personal de Ciudadanía”. Desaparece también el Libro de Familia y se sustituirá por un mero certificado registral.
Por otro lado, se acometen profundas reformas “en aspectos importantes para la protección de la igualdad, la dignidad y la intimidad de los ciudadanos, ya que suprime elementos de discriminación por razones de sexo, incorpora instrumentos para la protección de menores y discapacitados, que no tenían hasta ahora reflejo normativo específico en el Registro Civil, y protege de modo especial algunos datos personales sensibles limitando su publicidad”.
Otra importante novedad es el hecho de que el Registro ya no forma parte de la jurisdicción y pasa a ser considerado como un órgano administrativo.
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