El pasado 6 de Julio, el BOE publicó la Ley 15/2010 de 5 de Julio de modificación de la ley 3/2004 de 29 de Diciembre por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Si bien esta Ley está pensada principalmente para agilizar el pago por parte de las Administraciones Públicas a los diferentes contratistas, contiene una serie de medidas a aplicar a operaciones entre empresas privadas, bastante interesantes:
1- El plazo máximo de pago en las operaciones comerciales será de 60 días a partir de la fecha de recepción del producto o servicio. Transitoriamente, y hasta el 31 de Diciembre de 2.011, podrá ser de 85 días. Para el sector público el plazo máximo de pago será de 30 días.
2- El límite de agrupación de albaranes para facturar será de 15 días y en estos casos se tomará como fecha para el vencimiento el punto medio del periodo.
3- Periodos de vacaciones, facturación por pedido completo, plazos de revisión de las facturas y/o mercancías o fechas fijas de pago no se permiten si resultan en plazo de pago superiores al máximo.
4- Se suprime la posibilidad de pactos entre las partes que impliquen plazos de pago superiores a los legales.
5- Esta Ley contempla la posibilidad de que la administración o las organizaciones profesionales denuncien prácticas abusivas y se promueve la adopción de códigos de buenas prácticas en materia de pagos.
6- Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la memoria de sus cuentas anuales.
No obstante, no conviente olvidar que existe una importante normativa transitoria con el objeto de adaptar paulativamente cada caso al contenido de la norma:
Para para productos agroalimentarios, para aquellas empresas que vinieran pactando plazos de pago más elevados, de acuerdo con el siguiente calendario:
– Desde la entrada en vigor de la presente Ley hasta el 31 de diciembre de 2011, serán de 85 días.
– Entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, serán de 75 días.
– A partir del 1 de enero de 2013, serán de 60 días.
- Este calendario no será de aplicación a los productos de alimentación frescos y perecederos, para los cuales el plazo de pago a 30 días tendrá efectos inmediatos.
Para el pago en los contratos de obra con las Administraciones Públicas durante dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, podrán acordar con sus proveedoras y/o subcontratistas los siguientes plazos máximos de pago, de conformidad con el siguiente calendario de aplicación:
– 120 días desde la entrada en vigor de la Ley hasta el 31 de diciembre de 2011.
– 90 días desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012.
– 60 días desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.
- No pueden existir pactos entre las partes por encima de dichos plazos y fechas
Popularity: 2% [?]