Juan Pedro Peña

La Asociación Nacional de Operadores de Telecomunicaciones y Servicios de Internet – AOTEC, ha abierto proceso electoral para elegir a su nuevo Presidente.

La Asociación más importante del sector del cable local y que actualmente engloba a más de 150 operadores, se propone relevar al actual Presidente, César L. Pastor Hurtado, que obstenta el cargo desde su fundación en Enero de 2002.

Para ello, abre proceso electoral para que, a partir del próximo 1 de Agosto y hasta el 15 de Septiembre, cualquier asociado pueda presentar su candidatura. El 16 de Septiembre, IurisNova, como Asesoría Jurídica de AOTEC, efectuará la proclamación de candidaturas, dando publicidad a las mismas a todos sus asociados.

La campaña electoral se extenderá del 16 de Sepiembre al 4 de Octubre y se procederá a la votación en la próxima Asamblea Extraordinaria fijada para el 5 del mismo mes en la localidad malagueña de Ronda.

Concluido el recuento se anunciará el resultado del mismo, siendo el candidato finalmente elegido quien presentará a los asistentes la nueva Junta Directiva.

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El pasado 6 de Julio, el BOE publicó la Ley 15/2010 de 5 de Julio de modificación de la ley 3/2004 de 29 de Diciembre por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Si bien esta Ley está pensada principalmente para agilizar el pago por parte de las Administraciones Públicas a los diferentes contratistas, contiene una serie de medidas a aplicar a operaciones entre empresas privadas, bastante interesantes:

1- El plazo máximo de pago en las operaciones comerciales será de 60 días a partir de la fecha de recepción del producto o servicio. Transitoriamente, y hasta el 31 de Diciembre de 2.011, podrá ser de 85 días. Para el sector público el plazo máximo de pago será de 30 días.

2- El límite de agrupación de albaranes para facturar será de 15 días y en estos casos se tomará como fecha para el vencimiento el punto medio del periodo.

3- Periodos de vacaciones, facturación por pedido completo, plazos de revisión de las facturas y/o mercancías o fechas fijas de pago no se permiten si resultan en plazo de pago superiores al máximo.

4- Se suprime la posibilidad de pactos entre las partes que impliquen plazos de pago superiores a los legales.

5- Esta Ley contempla la posibilidad de que la administración o las organizaciones profesionales denuncien prácticas abusivas y se promueve la adopción de códigos de buenas prácticas en materia de pagos.

6- Las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la memoria de sus cuentas anuales.

No obstante, no conviente olvidar que existe una importante normativa transitoria con el objeto de adaptar paulativamente cada caso al contenido de la norma:

Para para productos agroalimentarios, para aquellas empresas que vinieran pactando plazos de pago más elevados, de acuerdo con el siguiente calendario:

– Desde la entrada en vigor de la presente Ley hasta el 31 de diciembre de 2011, serán de 85 días.
– Entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, serán de 75 días.
– A partir del 1 de enero de 2013, serán de 60 días.
- Este calendario no será de aplicación a los productos de alimentación frescos y perecederos, para los cuales el plazo de pago a 30 días tendrá efectos inmediatos.

Para el pago en los contratos de obra con las Administraciones Públicas durante dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, podrán acordar con sus proveedoras y/o subcontratistas los siguientes plazos máximos de pago, de conformidad con el siguiente calendario de aplicación:

– 120 días desde la entrada en vigor de la Ley hasta el 31 de diciembre de 2011.
– 90 días desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012.
– 60 días desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.
- No pueden existir pactos entre las partes por encima de dichos plazos y fechas

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IurisNova informa a sus clientes, que desde el 1 al 31 de Agosto, ambos inclusive, nuestro horario de Atención al Cliente será el siguiente:

De Lunes a Viernes, de 9:30 a 14:30

Dentro de ese horario, estaremos a disposición de todos nuestros clientes a través de nuestros teléfonos habituales 902.012.981 / 91.788.21.57, así como por fax en el 91.356.02.09 y correo electrónico clientes@iurisnova.es

Fuera de ese horario, nuestros clientes podrán enviarnos también sus peticiones por correo electrónico a clientes@iurisnova.es

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Informa  LEX NOVA que Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Reforma del Registro Civil, que implicará un importante cambio del actual modelo, vigente desde 1.957.

Entre los cambios, cabe destacar la sustitución de los actuales libros físicos por una base de datos electrónica común que permitirá al ciudadano realizar sus trámites en cualquiera de las oficinas del país, sin que sea, parece ser, necesario el trámite in situ en la oficina provincial.

Se prevee por tanto un cambio en la propia naturaleza del Registro, en tanto en cuanto cada ciudadano será una ficha en donde se irán anotando cada modificación de su Estado Civil, partiendo como hasta ahora de la inscripción por nacimiento, pero que llevará aparejado el llamado “Código Personal de Ciudadanía”. Desaparece también el Libro de Familia y se sustituirá por un mero certificado registral.

Por otro lado, se acometen profundas reformas “en aspectos importantes para la protección de la igualdad, la dignidad y la intimidad de los ciudadanos, ya que suprime elementos de discriminación por razones de sexo, incorpora instrumentos para la protección de menores y discapacitados, que no tenían hasta ahora reflejo normativo específico en el Registro Civil, y protege de modo especial algunos datos personales sensibles limitando su publicidad”.

Otra importante novedad es el hecho de que el Registro ya no forma parte de la jurisdicción y pasa a ser considerado como un órgano administrativo.

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Como bien saben los clientes de IurisNova, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones anualmente realiza una encuesta de obligado cumplimiento para buena parte de todos los operadores en donde éstos tienen que suministrar determinados datos relativos a su actividad económica y las características de sus servicios.

Esta encuesta suele ser acogida con cierta molestia por la mayoría de nuestros clientes pues tienen que suministrar una serie dei nformación que en muchas ocasiones no poseen, puesto que la prestación de sus servicios dependen de terceros.

¿Para que sirve esta encuesta? ¿Qué utilidad tiene?

Aquí tenemos la respuesta a estas preguntas, un pequeño avance que la propia Comisión ha publicado:

Más datos, aquí.

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Durante los días 9 y 10 de Junio, se ha celebrado en el Hotel Auditorium de Madrid la IV FERIA TECNOLÓGICA de la Asociación Nacional de Operadores de Telecomunicaciones y Servicios de Internet (AOTEC), organizada de forma impecable por GRUPO PUBLISAT.

IURISNOVA estuvo presente en dicha Feria, principalmente porque desde el año 2004 es la Asesoría Jurídica de AOTEC y por lo tanto estuvo representada por Alfonso Aranda, quien impartió una interesantísima ponencia en uno de los talleres prácticos promovidos por la organización: Repercusión de la nueva regulación de la Ley General de
Comunicación Audiovisual para el cable local.

Por otro lado, Nuria Tortosa, Responsable de Atención al Cliente, Francisco Fernández, Responsable del Dpto. Comercial, y el que suscribe estuvieron también presentes atendiendo a nuestros clientes, así como a nuevos clientes interesados en la posible contratación de nuestros servicios jurídicos especializados en nuevas tecnologías y telecomunicaciones.

Desde IURISNOVA queremos reiterar de forma pública nuestras felicitaciones a Fernando Martín, Director de GRUPO PUBLISAT por la formidable organización de este evento y su exquisito trato, tanto de él de forma personal como del resto de sus colaboradores.

Así también, agredecer también de forma pública a Francisco Bonachela, Director de ALEA SOLUCIONES por la invitación a la cena de Presentación de ASOMA-T, de Xtra Telecom de la noche del 9. En esta ocasión, IURISNOVA estuvo representada por Nuria Tortosa y el que suscribe y estuvimos acompañados del Director Técnico y Socio de SKYNETLINK, Pablo Dapena y de los socios y máximos responsables de POSIZIONA.

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IusTelecom ha cambiado de imagen. Hemos empleado el fantástico tema para Worpress “Technical Speech” de Suhaib Khan.

Así también, hemos inscrito la revista en NetworkedBlogs y el prestigioso agregador de blogs PaperBlogs.

Esperemos que les guste.

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Los planes del Gobierno para dar entrada a las operadoras de cable en telefonía móvil se tambalean. Las compañías regionales consideran imprescindible disponer de licencias celulares, pero no según el programa gubernamental, que había reservado para ellas una banda que las telecos rechazan por insuficiente. El cable quiere entrar en el reparto de la banda de 900 MHz y del dividendo digital.
El Gobierno lo tenía todo previsto: licencias regionales de móvil para las operadoras de cable en la banda de 2,6 GHz, reordenación de la banda de 900 MHz para las compañías con concesión celular y dividendo digital en 2015. Pero las cosas no están saliendo como se pensaba.

Para empezar, las cuatro compañías que ya tienen red celular propia han cargado contra los planes delMinisterio de Industria de conceder permisos regionales. Además, piden que esta licitación se retrase hasta que se resuelvan el resto de los temas. Pero es que las operadoras de cable tampoco ven con buenos ojos el programa establecido. No aceptan ni el calendario, ni el contenido, ni las condiciones, según fuentes de estas compañías.

El problema principal es la banda que el ministerio ha considerado la más apropiada para albergar las concesiones regionales. Es la de 2,6 GHz, unas frecuencias que son muy buenas para dar velocidad en la banda anchamóvil, pero que dan muy poca cobertura. Una red en este espectro requiere cuatro veces más antenas que en frecuencias más bajas, lo que dispara el coste. A eso se suma la disponibilidad de la tecnología, que todavía no está a punto.

Las compañías de cable, con la gallega R y la vasca Euskaltel a la cabeza, consideran que esa banda es insuficiente para un proyecto integral como el suyo de convertirse en operadoras completas, capaces de dar a sus clientes todo tipo de servicios, fijo, banda ancha y móvil. Por eso, lo que piden es participar en el reparto de la banda de 900 MHz y del dividendo digital. “Estamos dispuestos a realizar fuertes inversiones, pero queremos frecuencias en la parte alta y en la baja del espectro”, explica Arturo Dopico, consejero delegado de R. La banda de 2,6 GHz es buena para la banda ancha móvil en las zonas urbanas, pero en las rurales y para voz celular las compañías de cable piden más. No es que rechacen este espacio radioeléctrico, sino que quieren que sea complementario con otros. Por eso, también piden que el reparto, previsto para 2010, se retrase hasta que se solucionen los problemas con la banda de 900 MHz y con el dividendo digital.

Las opciones de reparto que plantean las cableoperadoras son varias. Ono, por ejemplo, apela al reparto de las frecuencias que tienen Telefónica, Vodafone, Orange y Yoigo en la banda de 2.100 MHz, lo que se conoce como UMTS. Esta compañía asegura que todas ellas tienen espectro sin utilizar y que debería ser repartido.

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Las sorpresas de la LES, el impasse de las frecuencias móviles, la guerra abierta de las tasas de RTVE y del espectro radioeléctrico alejan a las operadoras y le inauguran una batalla europea a Ros

Ana Zarzuela.- Esperaban hacer de la presidencia europea de turno el bautismo con padrinos españoles de la nueva estrategia de Sociedad de la Información en Europa para el periodo 2010-2015, pero la futura Comisaria de Telecomunicaciones comienza a prologar el amargo paseíllo europeo de Zapatero con las telecos. La paz que escenificó Pérez Rubalcaba con la prórroga a las tarjetas de prepago no identificadas no les ha durado ni dos meses. Suman y siguen en el mar de sus desencuentros. Nada nuevo, pero nada que las grandes operadoras de telefonía estén dispuestas a digerir. No en silencio ni con los brazos cruzados. No han asumido aún las sorpresas de la Ley de Economía Sostenible: la obligación del servicio universal de banda ancha de un mega sin atender sus peticiones de regular en bloques la velocidad de descargas; la posibilidad en manos del Gobierno de ‘expropiar’ frecuencias móviles si no hay acuerdo con las operadoras en el refarming, y el nuevo rol de ejecutoras del plan de Zapatero para ponerle coto a la red de redes.

Moncloa se guarda el reparto del ‘dividendo digital’ como pronto hasta enero de 2015 y amenaza con adelantar el 2,6GHz. Ya cocinó su modelo de control de las descargas de internet sin esperar por las telecos y de espaldas a las propuestas de Redtel de fomentar la educación y los contenidos digitales a cuatro manos con la industria audiovisual; ni una sola está invitada a la Subcomisión de la Propiedad Intelectual del Congreso. Se miden las distancias con el Ministerio de Industria y la Secretaría de Estado. Como mucho ya sólo se aspira por ambas partes a la ‘diplomacia bélica’.

Lo sabe ya el ministro Sebastián por experiencia propia. Aunque el ministro procura dejar el cuerpo a cuerpo al Secretario Ros, no pudo eludir rodearse de los grandes del sector TIC -telecos incluidas- para poner de largo su estrategia para un mercado único digital. Necesita engrasar esos galones y no quiere que se los manchen las TIC ni las telecos. Pero a Vodafone, Orange, Telefónica y Jazztel, si la LES les afilaba las lanzas de sus enfados, la presidencia de turno de la UE, la llegada a la Comisaría de Telecomunicaciones de Neele Kroes -desde principios de febrero-, la sintonía con el lobby comunitario de ETNO y la presencia de Reinaldo Rodríguez, con un pie en el macro-regulador europeo que verá la luz este semestre les dejan en bandeja las oportunidades. Al menos las de ‘mancharle’ más de un desfile a Sebastián y hacerse con sitio propio en su “mercado común digital y de las telecomunicaciones”.

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I. Introducción.

A medida que la actividad de nuestros clientes aumenta, es posible que los problemas a los que se enfrenta diariamente, crezcan también.
Muchos de los problemas que hemos detectado en nuestros clientes cada vez con más frecuencia son los relativos a los abonados.
En nuestra opinión esta circunstancia se ha producido precisamente por la ampliación de los servicios prestados por el cliente a sus abonados. Una serie de servicios, como acceso a Internet y/o telefonía que son destinados a un mercado bastante diferente a la tradicional cartera de clientes, abonados mucho más exigentes con sus derechos que el abonado del servicios de difusión de televisión por cable.
Sin embargo, en muchas ocasiones, el hecho de ser exigente se confunde con querer llevar siempre la razón, de tal modo que el abonado suele tener el convencimiento de que, no pagando por un servicio, es una forma de “protesta” o de ejercicio de sus derechos como consumidor. Olvida por tanto que su obligación de pago sigue existiendo, aún en el caso de que ejercite las acciones correspondientes contra el operador del servicio. Y por otro lado, el operador sigue prestando a este abonado el servicio y soportando los costes que ello supone.
Ante la existencia de una deuda, el operador suele contactar con el abonado moroso con el objeto de reclamar el pago de la misma de una forma amistosa. En algunas ocasiones esta gestión puede resultar fructuosa pero en muchas otras no. El abonado no se asusta y sigue con su actitud de no pagar, incrementándose cada vez más su deuda con el operador.
Para solucionar este tipo de situaciones, el legislador, a raíz de una de las últimas reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil, creó una figura jurídica muy interesante: el proceso monitorio. Este proceso, como a continuación explicaremos, es un procedimiento judicial muy rápido y altamente efectivo, que trata de conseguir que pequeñas deudas dinerarias sean abonadas por el deudor.

II. El Proceso Monitorio

El Proceso Monitorio es un tipo juicio para reclamaciones de cantidad que no exceda de 30.000 euros, sin necesidad de abogado ni procurador y siempre que se trate de una reclamación de deudas de dinero, que hayan vencido y que se acompañe de una documentación que lo acredite o demuestre.
Para la presentación de la demanda, es necesaria la presentación de un escrito, cuyo impreso lo puedes recoger en los puestos de información y atención al ciudadano de los Juzgados, similar al que adjuntamos como Anexo I.

III. Características fundamentales

Como regla general, para la petición inicial no es necesario solicitar los servicios de un Abogado ni de un Procurador.
Una excepción a esta regla es cuando la localidad en la que Ud. reside sea distinta a la localidad donde está el Juzgado. En este caso, si Ud. gana el posterior procedimiento judicial, los gastos del Abogado y Procurador deberán ser pagados por el deudor, con el límite de la tercera parte del dinero reclamado.

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